Vigente desde el 30 de junio de 2026 · Documento oficial de Konster Tech, S.A.S. de C.V.
Versión: 1.0 · Fecha de elaboración: 13 de junio de 2026 · Entrada en vigor: 30 de junio de 2026
Naturaleza: Contrato de adhesión electrónico (arts. 85 y 90 de la Ley Federal de Protección al Consumidor; NOM-184-SCFI-2018; NOM-151-SCFI-2016 en lo aplicable a la conservación de mensajes de datos).
Aplicabilidad: Estos Términos rigen la relación entre Konster Tech, S.A.S. de C.V. y el Cliente que contrata Servicios a través de la Plataforma. El régimen aplicable varía según el Cliente califique o no como consumidor conforme al art. 2 de la LFPC (ver Cláusula 1.3). La relación con los Profesionales se rige adicionalmente por los Términos Konsters Pro.
Aviso preliminar al consumidor
Antes de aceptar, lee este documento. Al marcar la casilla de aceptación, crear una cuenta, contratar un Servicio o usar de cualquier forma la Plataforma, manifiestas tu consentimiento expreso para obligarte por estos Términos, en términos de los artículos 1803 y 1834 bis del Código Civil Federal, 89 a 114 del Código de Comercio (mensajes de datos y firma electrónica) y 76 bis de la LFPC.
Consentimiento de datos sensibles por instrumento separado. La aceptación de estos Términos NO equivale ni incluye el consentimiento para el tratamiento de tus datos personales sensibles (entre ellos, datos biométricos). Dicho consentimiento se otorga de forma libre, específica, informada e independiente mediante el Consentimiento de Datos Biométricos y conforme al Aviso de Privacidad, y es revocable en cualquier momento (ver Cláusula 3.3 y Cláusula 17). La aceptación general de estos Términos no debe interpretarse como consentimiento empaquetado de datos sensibles.
Estos Términos no limitan ni suprimen los derechos irrenunciables que la legislación de protección al consumidor te reconoce. Cualquier estipulación que resultara contraria a una disposición de orden público de la LFPC se tendrá por no puesta únicamente en la medida de la contradicción, conservando validez el resto (ver Cláusula de Divisibilidad).
Puedes conservar, descargar e imprimir una copia de estos Términos desde la Plataforma o solicitándola a soporte@konsters.com.
1. Definiciones e interpretación
1.1. Definiciones
Para efectos de estos Términos, los siguientes términos, en singular o plural, tendrán el significado que aquí se les asigna. Las equivalencias terminológicas son vinculantes:
- "Konsters", "nosotros", "la Sociedad": Konster Tech, S.A.S. de C.V., RFC KTE240625QN7, con domicilio en Calle Primera #2, Col. La Manga, C.P. 83220, Hermosillo, Sonora, México; régimen RESICO Persona Moral (clave 626); operadora del marketplace tecnológico Konsters.
- "Plataforma": la aplicación móvil, el sitio web
konsters.com, las interfaces de programación (API), y el conjunto de servicios tecnológicos, funcionalidades y contenidos puestos a disposición por Konsters. - "Usuario": toda persona física o moral que accede o usa la Plataforma en cualquier rol.
- "Cliente" (equivalentes: "Propietario", "Homeowner"): el Usuario que solicita, contrata o recibe Servicios para un inmueble a través de la Plataforma. Es el destinatario principal de estos Términos.
- "Consumidor": el Cliente persona física o moral que adquiere o disfruta Servicios como destinatario final, en términos del art. 2 de la LFPC; goza de las protecciones de orden público de dicha ley (ver Cláusula 1.3).
- "Profesional" (equivalentes: "Contratista", "Konsters Pro", "CT"): la persona física o moral, independiente, que ofrece y presta los Servicios a través de la Plataforma bajo su propia responsabilidad, riesgo y medios.
- "Proveedor" / "Encargado": término reservado exclusivamente para los terceros que prestan servicios a Konsters como encargados o procesadores (p. ej. Procesador de pagos, proveedor de CFDI, mensajería de notificaciones). No se refiere al Profesional.
- "Servicio": el trabajo de servicios para el hogar o construcción ofrecido por un Profesional en un Listado (p. ej. plomería, electricidad, instalación, pintura, impermeabilización). En V1, la Plataforma opera la vertical de servicios para el hogar.
- "Listado": la publicación estructurada de un Servicio, con alcance itemizado, marca/modelo cuando aplique, lo incluido y lo no incluido, precio y garantía.
- "Alcance": la descripción itemizada del trabajo contratado que constituye el objeto firme del contrato de prestación de Servicios entre Cliente y Profesional.
- "Procesador": la institución de fondos de pago electrónico (IFPE) que procesa y custodia los pagos: MercadoPago Marketplace (Mercado Pago, S.A. de C.V.). Konsters no es IFPE ni custodia fondos.
- "Escrow Operativo" / "Pago Protegido": la retención del pago por el Procesador hasta que se cumplan las condiciones de liberación. Es un escrow operativo, no fiduciario; Konsters no actúa como fiduciario ni custodia los fondos.
- "D7" / "Auto-liberación": el plazo de siete (7) días naturales tras la documentación del trabajo, vencido el cual el pago se libera automáticamente al Profesional si el Cliente no actúa, sujeto a las notificaciones y recordatorios efectivos previstos en la Cláusula 6.2 y a las causas de extensión y reapertura ahí señaladas.
- "Ventana de Aceptación": la ventana de hasta dos (2) horas con que cuenta el Profesional para aceptar, contraproponer o rechazar una solicitud. Constituye un estándar de servicio (SLA) comercial de la Plataforma, no una orden ni instrucción laboral al Profesional.
- "Contrapropuesta": la propuesta de fecha alterna del Profesional, que el Cliente puede aceptar dentro de un plazo de hasta doce (12) horas.
- "Evidencias": las fotografías, videos, marcas de tiempo, geolocalización y registros documentales del trabajo, conservados de forma inmutable.
- "Reseña Ciega" (blind): el sistema de calificación en que ambas partes califican y las reseñas se publican simultáneamente.
- "CFDI": Comprobante Fiscal Digital por Internet versión 4.0, emitido vía Facturapi.
- "KYC": los procesos de conocimiento e identificación del Usuario, incluyendo verificación de identidad y, cuando aplique, datos biométricos.
- "Wallet" / "Monedero": el saldo y registro de movimientos del Profesional dentro del entorno del Procesador.
- "Fondo de Garantía": el mecanismo descrito y regulado en la Política de Garantía, de carácter vinculante y exigible en los supuestos, topes, fuente de fondeo y procedimiento ahí previstos, mediante el cual Konsters apoya la resolución de ciertas incidencias cubiertas. No constituye seguro ni fianza y no debe presentarse ni interpretarse como cobertura tipo seguro en ausencia de póliza vigente y divulgada (ver Cláusulas 15.1, 15.5 y 15A).
- "Konsters Ops": el equipo humano de operaciones que revisa verificaciones, disputas, garantías, fraude y seguridad, y que actúa como punto de revisión humana.
- "Incidente Grave": todo evento ocurrido con ocasión de la ejecución del Servicio que cause o pueda causar lesiones a personas, muerte, o daños materiales relevantes al inmueble o a terceros (p. ej. incendio, inundación, fuga de gas, electrocución, robo en el domicilio).
- "LFPC": Ley Federal de Protección al Consumidor. "SABG": Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, autoridad sucesora en materia de protección de datos. "LFPDPPP": Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (DOF 20-mar-2025). "LFPIORPI": Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. "CCF": Código Civil Federal.
1.2. Reglas de interpretación
(a) Los títulos son de referencia y no afectan la interpretación. (b) "Incluye", "incluyendo" y "como" se entienden seguidos de "de manera enunciativa y no limitativa". (c) Las referencias a documentos (Políticas, Avisos) se entienden a su versión vigente publicada en la Plataforma, las cuales forman parte integrante de estos Términos por remisión. (d) En caso de discrepancia entre estos Términos y una Política específica sobre una materia, prevalece la Política específica respecto de esa materia, salvo derechos del consumidor. (e) Los plazos en "horas" corren de momento a momento; los plazos en "días" se entienden naturales salvo mención de "días hábiles".
1.3. Régimen aplicable según la calidad del Cliente
(a) Cliente consumidor. Cuando el Cliente califique como consumidor en términos del art. 2 de la LFPC (persona física o moral que adquiere los Servicios como destinatario final), prevalecerán en su favor las disposiciones de orden público de la LFPC. Cualquier limitación de responsabilidad, foro o arbitraje pactada en estos Términos se aplicará únicamente en los límites que la LFPC permita y se tendrá por no puesta en lo que la contradiga.
(b) Cliente no consumidor (B2B). Cuando el Cliente sea persona moral o física que contrate los Servicios con fines empresariales o profesionales y no califique como consumidor LFPC, la relación se rige por el régimen contractual general (CCF y Código de Comercio). Respecto de dicho Cliente sí son plenamente válidas y exigibles las limitaciones de responsabilidad, la cláusula de arbitraje y el foro con sede en Hermosillo, Sonora, previstos en estos Términos (Cláusulas 15 y 22), en cuanto no contravengan disposiciones de orden público.
(c) La determinación de la calidad del Cliente se hará conforme a la naturaleza real de la contratación y no por mera estipulación contractual.
2. Naturaleza de Konsters: intermediario tecnológico
2.1. Marketplace e intermediario
Konsters es un marketplace e intermediario tecnológico (marketplace operator) que conecta a Clientes con Profesionales independientes y facilita: el descubrimiento de Servicios, la contratación, la instrucción del Pago Protegido al Procesador, la documentación del trabajo (Evidencias), las comunicaciones in-app y la mediación de controversias. Konsters opera bajo el marco de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera en su carácter de operador de marketplace y NO como Institución de Fondos de Pago Electrónico (IFPE).
2.2. Konsters NO presta los Servicios
Konsters no presta, ejecuta, supervisa, dirige ni controla los Servicios. Los Servicios son prestados de manera autónoma e independiente por los Profesionales, bajo su propia responsabilidad, riesgo, pericia, herramientas, materiales y personal. El contrato de prestación del Servicio se celebra directa y exclusivamente entre el Cliente y el Profesional. Konsters no es parte de dicho contrato de prestación; su intervención se limita a su rol de facilitador tecnológico y, cuando proceda, de agente retenedor de impuestos conforme al Aviso Fiscal · Retenciones y CFDI. Lo anterior no exime a Konsters de los deberes legales propios de su rol de intermediario, incluido el deber de selección y verificación diligente (Cláusula 3A) y el deber de seguridad transaccional (Cláusulas 11A y 15A).
2.3. Ausencia de relación laboral o de representación
Nada en estos Términos crea relación laboral, de subordinación, mandato, comisión, asociación, sociedad o representación entre Konsters y los Profesionales, sus cuadrillas o sus trabajadores. Los Profesionales son prestadores independientes que: (a) determinan su disponibilidad, horarios, métodos de trabajo, herramientas, materiales y personal propio; (b) fijan sus precios, que la Plataforma presenta mediante topes y plantillas sugeridas de referencia que el Profesional puede ajustar dentro de los parámetros del marketplace; (c) no están sujetos a jornada, exclusividad ni dirección operativa de Konsters. Las ventanas de tiempo (Ventana de Aceptación, Contrapropuesta) constituyen estándares comerciales de servicio (SLA) del marketplace, y el régimen de strikes constituye criterios de calidad y permanencia en el marketplace, no instrucciones, órdenes ni sanciones disciplinarias de naturaleza laboral. Konsters no garantiza la cantidad ni la continuidad de oportunidades de trabajo para ningún Profesional.
Las cuadrillas, dependientes o trabajadores del Profesional son de su exclusiva responsabilidad laboral, de seguridad social y fiscal; el Profesional mantiene a Konsters en paz y a salvo (indemnidad, Cláusula 13) frente a cualquier reclamación laboral, de IMSS/INFONAVIT, PTU o crédito fiscal derivada de ellos. El análisis laboral integral y la documentación de la autonomía real del Profesional se desarrollan en los Términos Konsters Pro. Esta cláusula se interpreta en armonía con la reforma 2025 de la LFT en materia de trabajo en plataformas digitales, cuyo alcance respecto de servicios para el hogar se determina conforme a la legislación aplicable; la sola declaración contractual no vincula a la autoridad laboral, que aplicará el principio de primacía de la realidad.
2.4. Custodia de fondos por el Procesador
Konsters no recibe, no custodia ni administra los fondos del Cliente. Los pagos son procesados y retenidos por el Procesador (MercadoPago Marketplace) en su carácter de IFPE, en Escrow Operativo. Konsters únicamente instruye la liberación conforme a las condiciones de estos Términos y de la Política de Pagos, Escrow y Reembolsos.
2.5. Cobertura geográfica
La Plataforma se lanza en V1 en la Ciudad de México. El acceso o disponibilidad fuera de la zona de cobertura puede estar limitado o no disponible. El domicilio social de Konsters es Hermosillo, Sonora, con independencia del mercado de operación; el foro aplicable a cada Cliente se determina conforme a la Cláusula 22.
3. Elegibilidad, cuenta y KYC
3.1. Capacidad y elegibilidad
Para usar la Plataforma debes ser persona física mayor de 18 años con plena capacidad legal, o persona moral debidamente constituida y representada. Al registrarte, declaras y garantizas que cumples estos requisitos y que la información que proporcionas es veraz, completa, exacta y actualizada. La Plataforma no está dirigida a menores de edad ni a personas incapaces; Konsters no recaba conscientemente sus datos y, de detectarlos, procederá a su supresión conforme al Aviso de Privacidad.
3.2. Cuenta y credenciales
Eres responsable de mantener la confidencialidad de tus credenciales y de la actividad realizada en tu cuenta que derive de tu propia culpa o negligencia en su custodia. Debes notificar de inmediato a soporte@konsters.com cualquier uso no autorizado.
Esta responsabilidad no comprende los accesos o cargos no autorizados que deriven de: (a) una vulneración de seguridad, falla o defecto imputable a Konsters o a la Plataforma; (b) fraudes de terceros no imputables a tu culpa (p. ej. SIM-swap o phishing) que hayas reportado oportunamente; ni (c) supuestos en que la ley impida trasladarte el riesgo. Konsters no traslada al Cliente el riesgo de fallas de seguridad propias y se obliga a: (i) notificar las vulneraciones de seguridad de datos personales conforme a la LFPDPPP; (ii) adoptar medidas razonables para mitigar y bloquear accesos no autorizados reportados; y (iii) cooperar en la investigación. Konsters no será responsable de pérdidas derivadas del incumplimiento de tu obligación de custodia, salvo dolo o negligencia grave imputable a Konsters o los supuestos (a) a (c) anteriores.
3.3. Verificación de identidad y KYC
Konsters puede requerir, antes o durante el uso de la Plataforma, la verificación de correo electrónico, teléfono (código SMS), identificación oficial (INE) y prueba de vida (liveness) con cotejo biométrico.
El tratamiento de datos biométricos (categoría de datos personales sensibles) no se entiende consentido por la aceptación de estos Términos; requiere tu consentimiento expreso, libre, específico e informado, otorgado por instrumento separado (Consentimiento de Datos Biométricos) y conforme al Aviso de Privacidad. Dicho consentimiento es revocable, se rige por los principios de finalidad, minimización y proporcionalidad, tiene una finalidad acotada (verificación de identidad y prevención de fraude), un plazo de conservación y supresión definidos, y no se utilizará para fines distintos, incluido el entrenamiento de modelos de inteligencia artificial salvo consentimiento separado y específico. Únicamente se solicitan biométricos para los roles y funciones que objetivamente lo justifiquen; la negativa al biométrico no impedirá el uso de las funciones de la Plataforma que no lo requieran. Las decisiones de verificación contemplan revisión humana; no existe rechazo 100% automatizado. Konsters divulga el uso de inteligencia artificial en estos procesos.
3.4. Roles y aprobación
Una misma cuenta puede operar como Cliente y como Profesional, con monederos, proyectos y conversaciones separados por rol. La activación del rol Profesional requiere la verificación diligente y aprobación de Konsters Ops (Cláusula 3A) y la aceptación de los Términos Konsters Pro.
3.5. Veracidad y consecuencias
La información falsa, la suplantación de identidad o la creación de cuentas múltiples para evadir restricciones pueden dar lugar a suspensión o terminación conforme a la Cláusula 19, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
3A. Diligencia en la verificación de profesionales (deber de selección)
3A.1. Estándar de diligencia razonable
Konsters aplica un estándar de diligencia razonable en la selección y verificación de los Profesionales que admite y mantiene activos en la Plataforma, consistente, de forma enunciativa, en: (a) verificación de identidad (INE, liveness y cotejo biométrico con consentimiento separado); (b) recopilación de datos de contacto y, cuando aplique, situación fiscal; (c) revisión por Konsters Ops antes de la activación del rol Profesional; (d) revalidación periódica de la información y de la vigencia de los requisitos; y (e) exclusión de Profesionales que registren sanciones firmes relevantes, identidad no acreditada o incumplimientos graves a estos Términos o al Código de Conducta.
3A.2. Alcance y límites; responsabilidad por verificación
La verificación tiene por objeto reducir riesgos razonablemente previsibles; no constituye garantía de ausencia total de riesgo ni certificación de la pericia técnica del Profesional en cada trabajo. No obstante, Konsters responde, en los límites de la ley, por el dolo o la negligencia grave en que incurra en su proceso de selección y verificación (culpa in eligendo), sin que esta responsabilidad pueda excluirse mediante cláusulas de asunción de riesgos o limitación de responsabilidad. La presente cláusula prevalece sobre cualquier lenguaje promocional; Konsters se obliga a no presentar como hechos estándares de seguridad o verificación que no respalde, para evitar publicidad engañosa (arts. 32 y 76 bis LFPC).
4. Proceso de contratación (clientes)
4.1. Solicitud a partir del Listado
El Cliente solicita un Servicio a partir de un Listado. El Profesional viene asociado al Listado. La solicitud constituye una oferta de contratación dirigida al Profesional, sujeta a su aceptación.
4.2. Ventana de Aceptación (2 horas)
Tras la solicitud, el Profesional cuenta con un plazo de hasta 2 horas para: (a) aceptar, (b) contraproponer una fecha alterna, o (c) rechazar. El Cliente puede editar o retirar la solicitud antes de la aceptación, sin penalización.
4.3. Contrapropuesta (12 horas)
Si el Profesional contrapropone una fecha alterna, el Cliente cuenta con hasta 12 horas para aceptar dicha fecha. A falta de aceptación en plazo, la solicitud se entiende no perfeccionada y no genera obligación ni cargo.
4.4. Privacidad del domicilio
El Profesional visualiza únicamente la colonia/alcaldía. El domicilio exacto se revela solo después de que el Cliente realiza el pago en Escrow Operativo, como medida de seguridad y prevención de elusión de la Plataforma.
4.5. Pago para confirmar (24 horas)
Tras la aceptación, el Cliente cuenta con hasta 24 horas para realizar el pago. El pago se retiene en Escrow Operativo por el Procesador. Sin pago en plazo, la solicitud caduca sin responsabilidad para las partes.
4.6. Precio firme por alcance
El precio es firme para el Alcance itemizado del Listado. Cualquier imagen inspiracional (p. ej. en funcionalidades de re-imaginación visual por inteligencia artificial) es referencial y no contractual (ver Cláusula 12A); el Alcance itemizado es el contrato. Los ajustes solo proceden mediante el mecanismo de Cambios de Alcance (Cláusula 8).
4.7. Perfeccionamiento
El contrato de prestación de Servicios entre Cliente y Profesional se perfecciona con la aceptación del Profesional y el pago del Cliente en Escrow Operativo. Konsters genera el registro electrónico de dicho perfeccionamiento como Evidencia.
5. Precios, comisiones e impuestos
5.1. Comisión de Konsters
Konsters cobra una comisión de plataforma del 10% sobre el subtotal del Servicio (más IVA 16%), estructurada como split: una tarifa de servicio del 7% a cargo del Cliente (se suma al total a pagar) y una comisión del 3% a cargo del Profesional (se descuenta de su liquidación), cada una documentada con CFDI propio emitido por Konsters. La comisión retribuye los servicios de intermediación tecnológica, no la prestación del Servicio.
5.2. Impuestos del Servicio y retenciones
Sobre el Servicio se causa IVA al 16% (la exención de casa habitación de los arts. 9-II LIVA y 29 de su Reglamento es estrecha y disputada y no aplica a estos Servicios — ver Aviso Fiscal). En su carácter de plataforma tecnológica, Konsters retiene y entera al SAT las retenciones de ISR e IVA que correspondan a los Profesionales personas físicas conforme a los artículos 113-A de la LISR y 18-J de la LIVA: de referencia, ISR 2.5% (servicios/bienes, LIF 2026) e IVA 8% (50%) con RFC; 20% + 16% sin RFC. Las tasas se aplican conforme a la legislación fiscal vigente; el desglose exacto y vinculante se muestra antes de confirmar cada operación. Las retenciones no incrementan el precio que paga el Cliente.
5.3. Desglose de seis líneas
Antes de pagar, el Cliente visualiza un desglose claro: (1) costo del Servicio (subtotal), (2) comisión de plataforma, (3) IVA, (4) retenciones aplicables, (5) total a pagar por el Cliente y (6) neto a recibir por el Profesional. Cifra canónica de referencia (servicio gravado, Profesional con RFC, split 7/3): subtotal $3,000 → el Cliente paga $3,723.60 → el Profesional recibe neto $3,060.60 (ISR 2.5% + IVA retenido 8%). El desglose exacto se calcula según el régimen fiscal del Profesional y se muestra antes de confirmar cada operación.
5.4. Tratamiento fiscal diferenciado según el régimen del Profesional
(a) Persona física con RFC y datos completos: se aplican las retenciones de ISR e IVA conforme a los arts. 113-A LISR y 18-J LIVA, en las tasas que resulten aplicables.
(b) Persona física sin RFC o que no proporcione datos fiscales completos: podrán aplicarse retenciones agravadas en términos del art. 113-A LISR (que prevé tasas mayores ante la falta de clave del RFC), lo que afecta el monto neto que recibe el Profesional; este supuesto no altera el precio que paga el Cliente.
(c) Persona moral: no está sujeta a la retención del art. 113-A LISR; el tratamiento se ajustará a su régimen.
(d) Veracidad e indemnidad: el Profesional es responsable de la veracidad y actualización de su situación fiscal y mantiene a Konsters en paz y a salvo por cualquier crédito fiscal, sanción o reclamo derivado de datos inexactos. Konsters habilitará un mecanismo de ajuste o devolución de retenciones cuando proceda conforme a la normativa.
(e) Konsters actúa como retenedor en términos del CFF (incluido el art. 26); la presente cláusula y sus tasas se aplican conforme a la legislación fiscal vigente.
5.5. Métodos de pago y seguridad
Se aceptan los métodos habilitados por el Procesador (p. ej. tarjeta, transferencia SPEI y, en su caso, referencia en efectivo con el cargo por conveniencia divulgado). Konsters no almacena ni procesa datos completos de tarjetas; el procesamiento ocurre en el entorno del Procesador.
5.6. CFDI del Servicio y de la comisión
(a) Konsters emite CFDI por su comisión de intermediación (Cláusula 5.1).
(b) El CFDI por el Servicio es obligación del Profesional, quien debe emitirlo a favor del Cliente por el monto efectivamente pagado por éste; Konsters facilita la emisión vía Facturapi (CFDI 4.0), conforme al Aviso Fiscal · Retenciones y CFDI.
(c) Remedio por incumplimiento: si el Profesional no emite el CFDI del Servicio, Konsters podrá retener la liberación del pago correspondiente y brindar soporte para su regularización, a fin de que el Cliente no quede sin comprobante por el monto pagado, sin perjuicio de los derechos del Cliente ante PROFECO y el SAT.
6. Escrow operativo y liberación del pago
6.1. Retención por el Procesador
El pago se mantiene retenido en Escrow Operativo por el Procesador (no fiduciario) hasta que se cumplan las condiciones de liberación. Konsters no custodia los fondos; únicamente instruye su liberación.
6.2. Condiciones de liberación
El pago se libera al Profesional cuando ocurra cualquiera de los siguientes: (a) aceptación expresa del Cliente tras documentarse las Evidencias; (b) auto-liberación (D7), esto es, transcurridos 7 días naturales sin que el Cliente acepte ni abra disputa; o (c) resolución de disputa por Konsters Ops a favor de la liberación, conforme a la Política de Pagos, Escrow y Reembolsos y a la Política de Disputas.
La auto-liberación (D7) solo opera tras: (i) la notificación efectiva al Cliente de que el trabajo fue documentado y de la fecha en que vencerá el plazo; y (ii) al menos un recordatorio previo al vencimiento. El Cliente podrá solicitar extensión del plazo o la reapertura por causa justificada (entre otras, ausencia, enfermedad o imposibilidad acreditada de revisar el trabajo). La auto-liberación no constituye renuncia del Cliente y no impide el reclamo de garantía (Cláusula 9.2), el reembolso por no-prestación o prestación defectuosa (Cláusula 9.4), ni la acción ante PROFECO o la autoridad competente.
6.3. Congelamiento
El Escrow Operativo se congela mientras exista una disputa, contracargo, reporte de fraude o Incidente Grave abierto, hasta su resolución.
6.4. Revisión humana
Toda decisión que afecte dinero, elegibilidad, KYC, disputas, calificaciones, pagos o acceso a la cuenta pasa por un punto de revisión humana con vía de apelación. No hay aprobaciones, rechazos, reembolsos ni penalizaciones totalmente automatizados. El Cliente tiene derecho a oponerse a decisiones basadas únicamente en tratamientos automatizados que produzcan efectos jurídicos en su perjuicio, conforme a la LFPDPPP.
7. Ejecución, evidencias inmutables
7.1. Documentación del trabajo
El Profesional realiza check-in en sitio (geocerca y verificación facial del Líder) y documenta el trabajo en etapas de Evidencias (p. ej. Llegada, Antes, Progreso, Después). Estas funciones constituyen mecanismos de documentación y trazabilidad del marketplace orientados a soportar liberación, garantía, fraude y disputas, y no implican dirección ni subordinación laboral del Profesional (Cláusula 2.3).
7.2. Inmutabilidad y valor probatorio
Las Evidencias son inmutables, con marca de tiempo y geolocalización, y constituyen el soporte para liberación, garantía y disputas. Las partes reconocen el valor probatorio de los mensajes de datos y registros electrónicos conforme a los artículos 89 a 99 del Código de Comercio y NOM-151-SCFI-2016 en lo aplicable.
8. Cambios de alcance
8.1. Procedimiento
Si en sitio se requiere trabajo adicional no contemplado en el Alcance, el Profesional propone un Cambio de Alcance con su itemización y precio. El Cliente puede aceptarlo o rechazarlo dentro del plazo definido en la Plataforma.
8.2. Fondeo previo
El monto adicional aceptado se agrega al Escrow Operativo antes de ejecutarse el trabajo adicional. Ningún trabajo adicional se exige al Cliente sin su aceptación previa y su correspondiente fondeo.
9. Cancelaciones, reembolsos, garantía y disputas
9.1. Cancelaciones
Se rigen por la Política de Cancelaciones. Antes de la aceptación del Profesional no hay penalización. Las penalizaciones por cancelación tardía se sujetan a criterios de razonabilidad y proporcionalidad y no podrán constituir cláusulas abusivas frente al consumidor.
9.2. Garantía
Los Servicios cuentan con garantía de mano de obra de hasta 12 meses (y de 6 meses en pintura e impermeabilización), sin cargo adicional para el Cliente ni pago extra al Profesional, conforme a la Política de Garantía. Esta garantía:
(a) es adicional y no sustituye ni restringe las garantías legales que la LFPC reconoce al consumidor (arts. 77 a 79 LFPC), las cuales se respetan en sus términos legales mínimos; los plazos de 6/12 meses no podrán entenderse inferiores a la garantía legal aplicable cuando ésta resulte más favorable al consumidor;
(b) cubre los vicios ocultos de la mano de obra dentro del plazo de garantía;
(c) reconoce al consumidor, ante incumplimiento, el derecho a reparación, reposición, bonificación o devolución conforme a los arts. 92 y 92 TER de la LFPC, incluida la bonificación mínima del 20% cuando proceda;
(d) fija vías de reclamo (a través de la Plataforma o soporte@konsters.com) y plazos máximos de respuesta definidos en la Política de Garantía; y
(e) establece un responsable subsidiario cuando el Profesional original sea inhabilitado, dado de baja o desaparezca: Konsters facilitará la reasignación del trabajo de garantía a otro Profesional o, en los supuestos cubiertos, aplicará el Fondo de Garantía (Cláusula 15A), sin que el consumidor quede desprotegido por hechos no imputables a él.
9.3. Disputas
Las disputas solo pueden abrirse antes de la liberación del pago; el dinero permanece congelado en Escrow Operativo hasta la resolución de Konsters Ops, conforme a la Política de Disputas. La existencia de este mecanismo interno no impide que el Cliente acuda a PROFECO o a la autoridad competente.
9.4. Cancelación, desistimiento y reembolsos del consumidor
(a) Derechos del consumidor. El régimen de cancelación y reembolso reconoce los derechos que la LFPC y, en lo aplicable, la normativa de ventas a distancia / comercio electrónico (art. 76 bis LFPC y NOM aplicable, p. ej. NOM-247 cuando resulte pertinente) confieren al consumidor.
(b) No-prestación. Si el Servicio no se presta, el Cliente tiene derecho a la devolución íntegra de las cantidades retenidas en Escrow Operativo no aplicadas.
(c) Prestación defectuosa. Si el Servicio se presta de forma defectuosa o incompleta, el Cliente puede optar, conforme a la Política de Garantía y a los arts. 92 y 92 TER LFPC, por la reparación, reposición, bonificación o devolución proporcional.
(d) Relación con D7. El Cliente puede ejercer estos derechos aun después de la auto-liberación D7 por la vía de garantía y disputa, en los términos de la Cláusula 6.2.
10. Reseñas ciegas y prohibición de manipulación
10.1. Reseñas ciegas (blind)
Las reseñas son ciegas y simultáneas: ambas partes califican y las reseñas se publican al mismo tiempo cuando ambas califiquen o transcurra el plazo aplicable.
10.2. Prohibición de manipulación
Está prohibido manipular calificaciones, publicar reseñas falsas, autoreseñarse, o incentivar/condicionar reseñas a cambio de contraprestación, descuentos o amenazas. Konsters puede moderar, ocultar o eliminar contenido que incumpla el Código de Conducta, mediante revisión humana.
11. Uso aceptable y prohibiciones (anti-evasión)
11.1. Conductas prohibidas
El Cliente se obliga a no: (a) acordar o ejecutar pagos fuera de la Plataforma (anti-evasión) por Servicios descubiertos o contratados a través de ella; (b) eludir las comisiones, el Escrow Operativo o los controles de la Plataforma; (c) compartir, fuera de los canales habilitados, datos de contacto con el fin de continuar la relación fuera de la Plataforma; (d) usar la Plataforma para fines ilícitos, fraudulentos o que infrinjan derechos de terceros; (e) introducir malware, realizar scraping no autorizado, ingeniería inversa o acceso no autorizado; (f) acosar, amenazar, discriminar o suplantar identidad; (g) publicar contenido difamatorio, obsceno o ilícito.
11.2. Filtro anti-elusión
El chat in-app se habilita después de que el pago está en Escrow Operativo. Un filtro automatizado puede ocultar números telefónicos, RFC y enlaces externos para proteger a las partes y prevenir la salida de la Plataforma.
11.3. Consecuencias
El incumplimiento de esta cláusula faculta a Konsters a suspender o terminar la cuenta y a reclamar las comisiones evadidas y los daños, conforme a las Cláusulas 13 y 19.
11A. Prevención y respuesta al fraude; PLD/FT
11A.1. Prohibición y deber de reporte
Queda prohibido todo fraude, estafa, suplantación o engaño entre Usuarios, incluyendo, de forma enunciativa: cobros fuera de la Plataforma inducidos por el propio Profesional, materiales no instalados pese a evidencias manipuladas, robo de identidad, y la simulación de servicios o de calidad. El Usuario que detecte un fraude debe reportarlo de inmediato a soporte@konsters.com o por los canales de la Plataforma.
11A.2. Respuesta y remedios
Ante un fraude verificado en el ecosistema de la Plataforma, Konsters podrá: (a) congelar cautelarmente el Escrow Operativo (Cláusula 6.3); (b) suspender o dar de baja al Usuario infractor (Cláusula 19); (c) gestionar el reembolso al consumidor de buena fe con cargo al Usuario defraudador y, en los supuestos cubiertos, conforme a la Política de Garantía o al Fondo de Garantía; y (d) cooperar con las autoridades competentes. Konsters ejerce un deber de seguridad transaccional razonable respecto de los pagos y evidencias que controla.
11A.3. Deslinde por evasión imputable al propio usuario
Cuando el fraude derive de la evasión de la Plataforma imputable al propio Usuario (p. ej. pagos fuera de plataforma pese a la prohibición de la Cláusula 11), Konsters no responde de los daños así causados; ello no suprime los remedios que correspondan al consumidor de buena fe ni los derechos irrenunciables de éste.
11A.4. Cumplimiento PLD/FT
Konsters mantiene políticas de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo conforme a la LFPIORPI y disposiciones aplicables, incluyendo identificación de Usuarios, monitoreo razonable y, en su caso, reporte a las autoridades; el Procesador, como IFPE, aplica además su propio marco PLD/FT.
12. Propiedad intelectual y licencia de contenidos
12.1. Titularidad de la Plataforma
La Plataforma, su software, código, marcas (incluida "Konsters"), nombres comerciales, diseños, bases de datos y contenidos son propiedad de Konsters o de sus licenciantes y están protegidos por la legislación de propiedad industrial y derechos de autor. Se otorga al Usuario una licencia limitada, revocable, no exclusiva, intransferible y no sublicenciable para usar la Plataforma conforme a estos Términos.
12.2. Licencia sobre contenidos del Usuario (fotos y reseñas)
El Usuario conserva la titularidad y los derechos morales irrenunciables sobre el contenido que genera (fotografías, videos, reseñas), conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor (art. 19). Al cargarlo, otorga a Konsters una licencia no exclusiva, libre de regalías, limitada a los encargados estrictamente necesarios para los fines aquí señalados, acotada en su temporalidad al cumplimiento de dichas finalidades y a los plazos de conservación legales aplicables.
(a) Finalidades operativas específicas y enumeradas: documentar el trabajo (Evidencias), respaldar la garantía, atender disputas, prevenir y acreditar fraude, y cumplir obligaciones legales. Toda otra finalidad requiere base de licitud adicional.
(b) "Mejora de la Plataforma": solo procede sobre datos anonimizados o agregados que no permitan identificar a personas; no constituye base autónoma para tratar datos personales o sensibles identificables.
(c) Exclusión de IA: el contenido del Usuario no se utilizará para el entrenamiento de modelos de inteligencia artificial salvo consentimiento separado y específico.
(d) Sublicencia y transferencia: se limitan a los encargados/Proveedores estrictamente necesarios para las finalidades anteriores; no se concede sublicencia general a terceros.
(e) Imágenes de interiores y de personas: el Usuario declara contar con los derechos y, cuando aplique, con el consentimiento de las personas captadas (derecho de imagen); el tratamiento se rige por el Aviso de Privacidad.
12A. Funciones de inteligencia artificial generativa
12A.1. Divulgación y carácter referencial
Las funcionalidades de re-imaginación visual y otras funciones de IA generativa de la Plataforma se divulgan expresamente como tales. Sus resultados (imágenes u otros outputs) son referenciales, ilustrativos y no contractuales; el objeto firme del contrato es siempre el Alcance itemizado (Cláusula 4.6).
12A.2. Titularidad, exactitud e indemnidad
Konsters no garantiza la exactitud, idoneidad ni titularidad exclusiva de los outputs generados por IA y se deslinda de su uso como representación de un resultado garantizado. El Usuario que aporte contenido para la re-imaginación declara contar con los derechos necesarios y mantiene a Konsters en paz y a salvo (Cláusula 13) frente a reclamos de propiedad intelectual o de imagen de terceros derivados de dicho contenido o de los outputs generados a partir de él.
13. Indemnización (sacar en paz y a salvo)
En la medida permitida por la ley, el Usuario se obliga a indemnizar, defender y sacar en paz y a salvo a Konsters, sus filiales, administradores, empleados y encargados, frente a cualquier reclamación, demanda, daño, perjuicio, multa o gasto (incluyendo honorarios razonables de abogados) que derive de: (a) su incumplimiento de estos Términos o de la ley; (b) el contenido que cargue o las declaraciones que realice; (c) la infracción de derechos de terceros; (d) el uso indebido de la Plataforma; (e) tratándose del Profesional, las reclamaciones laborales, de seguridad social, fiscales o de daños derivadas de su actividad, su personal o sus cuadrillas (Cláusula 2.3); o (f) la inexactitud de su situación fiscal (Cláusula 5.4). Esta obligación no aplica en la medida en que la reclamación derive de dolo o negligencia grave de Konsters, ni puede oponerse para suprimir derechos irrenunciables del consumidor.
14. Asunción de riesgos
El Cliente reconoce y acepta que contrata a un tercero independiente (el Profesional) cuya pericia, conducta y resultados Konsters no controla ni garantiza. El Cliente asume los riesgos inherentes a permitir el acceso de terceros a su inmueble y a la ejecución de trabajos físicos, y se compromete a usar las herramientas de seguridad de la Plataforma.
Esta asunción de riesgos: (a) no exonera a Konsters de sus obligaciones legales como intermediario, de su deber de selección y verificación diligente (Cláusula 3A) ni del funcionamiento de los mecanismos de mediación, garantía y Fondo de Garantía; y (b) no es oponible para suprimir el deber de seguridad legal ni el derecho del consumidor al resarcimiento de daños y perjuicios conforme a los arts. 1910 a 1934 del CCF y 92 TER de la LFPC, ni para excluir la responsabilidad de Konsters por su dolo o negligencia grave. Toda interpretación de esta cláusula que contravenga el art. 90, fracciones I y VII, de la LFPC se tendrá por no puesta en esa medida.
15. Limitación y exclusión de responsabilidad
Esta cláusula se aplica dentro de los límites de la LFPC (especialmente arts. 90, 92 y 92 TER y concordantes) y no suprime derechos irrenunciables del consumidor. Toda limitación que resultara inoponible al consumidor se tendrá por no puesta solo en esa medida. Respecto de Clientes no consumidores (B2B), esta cláusula se aplica en su integridad conforme a la Cláusula 1.3(b).
15.1. Responsabilidad por el Servicio
La calidad, seguridad, legalidad, oportunidad y resultado del Servicio son responsabilidad primaria y exclusiva del Profesional. Konsters no responde por los actos u omisiones, daños o incumplimientos del Profesional más allá de: (a) su deber de mediación de buena fe; (b) su deber de selección y verificación diligente (Cláusula 3A); y (c) los mecanismos de garantía y Fondo de Garantía en los términos de la Política de Garantía y de la Cláusula 15A.
15.2. Disponibilidad de la Plataforma
La Plataforma se provee "en su estado actual" y "según disponibilidad", en términos razonables. Konsters no garantiza disponibilidad ininterrumpida al 100%, ausencia total de errores, ni compatibilidad con todo dispositivo. Konsters realizará esfuerzos razonables de mantenimiento y continuidad.
15.3. Alcance de la responsabilidad y derechos del consumidor
(a) Frente al consumidor. Konsters responde en los términos y límites de la LFPC. Se reconoce expresamente el derecho del consumidor al resarcimiento de daños y perjuicios y a la bonificación mínima del 20% prevista en el art. 92 TER de la LFPC cuando proceda. No se excluyen categorías de daño mediante taxonomías no reconocidas por el derecho mexicano.
(b) Tope de responsabilidad (donde sea lícito). Salvo en lo que la ley no lo permita, la responsabilidad de Konsters por su rol de intermediario tecnológico se limita, como referencia, al monto de la comisión efectivamente cobrada por la operación de que se trate. Este tope no aplica y no opera respecto de: (i) daños a la integridad física de las personas (lesiones o muerte); (ii) dolo o negligencia grave de Konsters; ni (iii) los derechos irrenunciables del consumidor.
(c) Frente a Clientes no consumidores (B2B). Aplican las limitaciones de este apartado en toda su extensión, conforme a la Cláusula 1.3(b).
15.4. Hechos de terceros y fondos retenidos
Konsters no responde por fallas del Procesador, de los servicios de telecomunicaciones, de proveedores de internet, ni por contenido de terceros, salvo en lo que la ley imponga. No obstante, el deslinde por hechos de terceros no suprime el derecho del Cliente a recuperar su dinero retenido y no aplicado: ante una falla o congelamiento prolongado del Escrow Operativo por el Procesador, Konsters cooperará y dará seguimiento ante el Procesador hasta procurar la recuperación o devolución de los fondos no aplicados al Cliente.
15.5. Seguro
Konsters solo afirmará coberturas o montos de seguro cuando exista una póliza vigente y validada. En ausencia de póliza divulgada, no debe inferirse cobertura de seguro alguna.
15.6. Salvaguarda
Nada en esta cláusula limita la responsabilidad de Konsters por dolo o negligencia grave, por daños a la integridad física de las personas, ni los derechos irrenunciables del consumidor conforme a la LFPC.
15A. Daños a personas y propiedad; incidentes graves
15A.1. Responsabilidad primaria del Profesional
Los daños a personas (lesiones, muerte) o a la propiedad (entre otros, incendio, inundación, fuga de gas, electrocución, robo en el domicilio) causados por el Profesional o su cuadrilla con ocasión de la ejecución del Servicio son de su responsabilidad primaria y directa, conforme a los arts. 1910, 1913, 1924 y 1925 del CCF. El Profesional debe responder y resarcir dichos daños.
15A.2. Deber de seguridad de Konsters
La presente cláusula y la asunción de riesgos (Cláusula 14) no excluyen el deber de seguridad que la ley impone a Konsters frente al consumidor ni su responsabilidad por dolo o negligencia grave en su deber de selección y verificación (culpa in eligendo, Cláusula 3A). Konsters no excluye su responsabilidad por daños a la integridad física derivados de tales supuestos; cualquier estipulación en contrario se tiene por no puesta (art. 90, fr. I y VII, LFPC).
15A.3. Mecanismo de cobertura real
Para dotar de efectividad la protección anterior, Konsters establece, sin afirmar seguros inexistentes:
(a) Requisito de cobertura del Profesional. Konsters podrá exigir, como condición de alta o permanencia, que el Profesional cuente con póliza de responsabilidad civil acorde al tipo de Servicio, en los términos que defina la Política de Garantía y los Términos Konsters Pro. La existencia, vigencia y alcance de dicha cobertura es responsabilidad del Profesional y se divulgará solo cuando esté confirmada.
(b) Fondo de Garantía vinculante. En los supuestos cubiertos, el Fondo de Garantía opera como derecho exigible del consumidor en los topes, fuente de fondeo y procedimiento previstos en la Política de Garantía. No constituye seguro ni fianza y, en ausencia de póliza vigente, no debe presentarse ni interpretarse como cobertura tipo seguro (coherente con la Cláusula 15.5).
15A.4. Protocolo de respuesta a Incidentes Graves
Ante un Incidente Grave, Konsters: (a) habilitará el reporte inmediato y el escalamiento a Konsters Ops y, en su caso, al 911; (b) aplicará la suspensión cautelar del Profesional y el congelamiento del Escrow (Cláusulas 6.3 y 19); (c) brindará apoyo y seguimiento al Cliente afectado, incluida la canalización al Fondo de Garantía o a la cobertura aplicable cuando proceda; y (d) cooperará con las autoridades. Este protocolo no sustituye a los servicios de emergencia ni a las acciones legales que correspondan al afectado.
16. Seguridad
16.1. Herramientas
La Plataforma ofrece herramientas auxiliares de seguridad (verificación en sitio, código de llegada, selfie del Profesional, botón de seguridad escalonado, compartir visita con contactos de confianza y escalamiento a Konsters Ops y al 911).
16.2. Carácter auxiliar
Las herramientas son auxiliares y no sustituyen a los servicios de emergencia. En caso de riesgo, contacta primero al 911.
16.3. Transparencia
Konsters describe sus verificaciones de forma transparente y no garantiza ausencia total de riesgo ni presenta como hechos cifras de cobertura no validadas. Esta cláusula no excluye la responsabilidad de Konsters por dolo o negligencia grave en su deber de selección y verificación (Cláusula 3A).
17. Protección de datos personales (remisión)
El tratamiento de datos personales se rige por el Aviso de Privacidad Integral disponible en https://konsters.com y en la Plataforma, conforme a la Nueva LFPDPPP (DOF 20-mar-2025), siendo la SABG la autoridad competente. De forma enunciativa, Konsters reconoce y el Aviso de Privacidad desarrolla:
(a) los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), así como los derechos de portabilidad y de oposición a decisiones basadas únicamente en tratamientos automatizados, congruente con la regla de "no rechazo 100% automatizado" (Cláusulas 3.3 y 6.4);
(b) el consentimiento expreso, libre, específico, informado y revocable para datos sensibles (biométricos), otorgado por instrumento separado, con finalidad acotada, minimización y plazos de conservación y supresión definidos (Cláusula 3.3);
(c) el deber de notificación de vulneraciones de seguridad de datos personales (Cláusula 3.2);
(d) las transferencias internacionales de datos que puedan derivar del uso del Procesador o encargados, con su base de licitud y las garantías aplicables; y
(e) los plazos de conservación y los criterios de supresión.
El Usuario puede ejercer sus derechos y revocar su consentimiento mediante soporte@konsters.com. El DPO interino es Francisco Everardo Dessens Moreno. Estos Términos, el Aviso de Privacidad y el Consentimiento de Datos Biométricos deben interpretarse de forma congruente; en caso de discrepancia sobre datos personales, prevalece el Aviso de Privacidad.
18. Caso fortuito y fuerza mayor
Ninguna parte será responsable por el incumplimiento o retraso derivado de caso fortuito o fuerza mayor (desastres naturales, pandemias, actos de autoridad, fallas generalizadas de telecomunicaciones o energía, conflictos sociales, ciberataques de gran escala), mientras subsista el evento y en la medida en que este lo impida. La parte afectada lo notificará en cuanto sea razonablemente posible y realizará esfuerzos diligentes para mitigar sus efectos.
Esta cláusula no exime del pago de obligaciones ya devengadas ni de la devolución de cantidades no aplicadas. En particular, ante fuerza mayor o falla del Procesador, el Cliente conserva el derecho a la devolución de los fondos no aplicados retenidos en Escrow Operativo, y Konsters cooperará y dará seguimiento ante el Procesador hasta procurar su recuperación; el deslinde por hechos de terceros (Cláusula 15.4) no suprime este derecho del consumidor sobre su dinero.
19. Suspensión y terminación
19.1. Por el Usuario
El Cliente puede dejar de usar la Plataforma y solicitar la eliminación de su cuenta en cualquier momento. La eliminación tiene un periodo de gracia y requiere que no existan trabajos activos ni obligaciones pendientes. El Cliente conserva el derecho a la supresión de sus datos conforme al Aviso de Privacidad y a los plazos legales de conservación.
19.2. Por Konsters
Konsters puede suspender o terminar el acceso por incumplimiento de estos Términos, fraude, riesgo a la seguridad, Incidente Grave, o requerimiento de autoridad, mediante revisión humana y con derecho de apelación, salvo casos de riesgo grave o mandato legal que exijan acción inmediata (incluida la suspensión cautelar ante Incidentes Graves, Cláusula 15A.4). Régimen de criterios de calidad y permanencia (strikes): 3 strikes en 90 días → suspensión 30 días; 5 strikes en 12 meses → baja con procedimiento de aclaración. Respecto del Profesional, este régimen constituye un criterio de calidad del marketplace y no una sanción disciplinaria laboral (Cláusula 2.3).
19.3. Efectos
La terminación no afecta obligaciones devengadas, liberaciones de Escrow Operativo en curso conforme a sus reglas, los reclamos de garantía vigentes, ni las cláusulas que por su naturaleza subsisten (Definiciones, PI, Indemnización, Limitación de Responsabilidad, Daños a personas y propiedad, Datos, Ley y Jurisdicción).
20. Modificaciones a los términos
Konsters podrá modificar estos Términos. El régimen de modificación distingue:
(a) Cambios sustanciales que afecten el precio, las comisiones, el alcance de la responsabilidad o el tratamiento de datos personales: se notificarán con al menos 30 (treinta) días naturales de antelación por medios razonables (app, correo o sitio) y requerirán re-aceptación expresa (opt-in) del Usuario. El simple uso continuado no constituye aceptación de este tipo de cambios. El Usuario que no los acepte podrá terminar sin penalización.
(b) Cambios menores u operativos: se notificarán por medios razonables; el Usuario podrá darse de baja si no está de acuerdo.
(c) Términos aplicables a cada contratación. Los términos vigentes al momento de cada contratación rigen ese Servicio ya contratado; las modificaciones posteriores no afectan retroactivamente operaciones en curso.
21. Cláusulas generales
21.1. Cesión
El Usuario no puede ceder sus derechos u obligaciones sin consentimiento previo y por escrito de Konsters. Konsters puede ceder estos Términos a una filial o como parte de una reorganización corporativa, siempre que ello no menoscabe los derechos del consumidor. En tal caso, Konsters: (a) notificará previamente la cesión al Usuario; (b) reconocerá su derecho a terminar sin penalización si la cesión afecta sus derechos; y (c) cumplirá la LFPDPPP respecto de la transferencia de datos personales asociada, con su base de licitud.
21.2. Divisibilidad
Si alguna cláusula se declara nula, ilegal o inoponible (incluido frente al consumidor), las demás conservarán plena validez, y la cláusula afectada se interpretará/ajustará en la medida mínima necesaria para reflejar la intención de las partes dentro de la legalidad.
21.3. No renuncia
La falta o el retraso en el ejercicio de un derecho por Konsters no constituye renuncia a este ni a su ejercicio futuro.
21.4. Acuerdo íntegro
Estos Términos, junto con las Políticas y Avisos referidos por remisión, constituyen el acuerdo íntegro entre las partes respecto de su objeto y sustituyen acuerdos previos sobre la misma materia, sin perjuicio del contrato de prestación de Servicios entre Cliente y Profesional.
21.5. Notificaciones
Konsters notificará por medios electrónicos (app, correo registrado o sitio). El Usuario acepta recibir comunicaciones por estos medios y mantener actualizado su correo. Las notificaciones a Konsters se dirigen a soporte@konsters.com.
21.6. Idioma y conservación
Estos Términos se celebran en español, idioma que rige su interpretación. El Usuario puede conservar y reproducir el documento.
22. Ley aplicable y jurisdicción
22.1. Ley aplicable
Estos Términos se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.
22.2. Conciliación previa PROFECO (consumo)
Para controversias de consumo, las partes podrán acudir, de manera previa, al procedimiento conciliatorio ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), conforme a la LFPC.
22.3. Foro y jurisdicción — Cliente consumidor
Tratándose de Clientes que califiquen como consumidores (Cláusula 1.3(a)): (a) se reconoce expresamente la competencia de PROFECO y de los tribunales del domicilio del consumidor, conforme a las disposiciones de orden público de la LFPC; (b) no se impone el arbitraje ni un foro distinto al que la ley reconoce al consumidor; (c) cualquier sometimiento a arbitraje en materia de consumo requiere acuerdo escrito posterior al surgimiento de la controversia; y (d) toda estipulación que pretenda imponer al consumidor la renuncia a la competencia que la ley le reconoce se tiene por no puesta (art. 90, fr. I, LFPC).
22.4. Foro, jurisdicción y arbitraje — Cliente no consumidor (B2B)
Tratándose de Clientes que no califiquen como consumidores (Cláusula 1.3(b)) y de las relaciones con Profesionales en lo conducente, las controversias se someterán a los tribunales competentes con sede en Hermosillo, Sonora, o, a elección de las partes, a arbitraje administrado por el Centro de Arbitraje de México (CAM) con sede en Hermosillo, Sonora, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
22.5. Congruencia con el registro PROFECO
El contenido de esta cláusula se ajustará a lo que resulte del registro del contrato de adhesión ante PROFECO (Cláusula de cumplimiento), prevaleciendo la versión registrada como la oponible al consumidor.
23. Contacto
- Soporte / ARCO / Asuntos legales: soporte@konsters.com
- Sitio: https://konsters.com
- Konsters Ops: a través de los canales de soporte de Konsters (in-app y soporte@konsters.com).
- Domicilio / sede legal: Calle Primera #2, Col. La Manga, C.P. 83220, Hermosillo, Sonora, México.
- Administrador único y DPO interino: Francisco Everardo Dessens Moreno.